En este hadiz se da muestra de que está permitido que la persona solicite a los depositarios de autoridad convertirse en iman, si se ve a sí misma en condiciones de realizarlo; cosa que no se debe compara con la solicitud del emirato o la jurisdicción de quien la pide, ya que esa solicitud está prohibida. Ahora bien, la persona al convertirse en imam ha de tener en cuenta a los creyentes más débiles y más vulnerables, y que no ser estricto con ellos. Y es preferible que al- Muadhin (muecín) sea voluntario, para que su acción sea cercana a la piedad; pero en caso de no encontrarse uno de forma voluntaria, no pasa nada si el imam le paga un sueldo de Bait al-mal (Casa de riqueza/Hacienda).