Este hadiz viene a prohibir una práctica común en la Yahilia, que consistían en atribuirse, a sabiendas, una ascendencia diferente. La persona ha de pertenecer a su ascendencia natural, es decir, a su padre, a su abuelo, al bisabuelo; etc… Y no está permitido pretender una ascendencia por el mero hecho de que la tribu de la persona sea de menos rango, e intentar pertenecer a otra de mayor prestigio social, con la finalidad de borrar esa deficiencia. Quien lo haga le estará prohibido el Paraíso.